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Código Ético de Proveedores

Código Ético y Reglas de Conducta a los que los operadores económicos, licitadores y contratistas deben adecuar su actividad con la Universidad de Cádiz, en el ámbito de la contratación pública

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de julio de 2018, se aprobó el Código Ético y Reglas de Conducta a los que los operadores económicos, licitadores y contratistas deben adecuar su actividad con la Universidad de Cádiz, en el ámbito de la contratación pública (BOUCA núm. 263, de 12 de septiembre de 2018).

La aprobación de un Código Ético y Reglas de Conducta de los licitadores y contratistas en el ámbito de la contratación pública, vino a manifestar el compromiso de la Universidad de Cádiz con la transparencia, la defensa de los derechos humanos, la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, inspirado en los principios del Código Ético de la Universidad de Cádiz, Código Peñalver, aprobado por Acuerdo del Claustro Universitario, adoptado en su sesión del 29 de Noviembre de 2005.

Este Código viene a establecer los valores éticos y normas de conducta, así como los principios de buena gestión y normas de actuación profesional, que deben presidir las actuaciones en materia de contratación pública de las empresas licitadoras y adjudicatarias que intervienen en los expedientes de contratación de la Universidad de Cádiz.

Si bien este Código Ético no tiene valor normativo, constituye una directriz de actuación para sus destinatarios, cuya concreción se realiza a través de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, como prohibiciones para contratar, exclusiones de la licitación, condiciones especiales de ejecución e incluso como obligaciones contractuales esenciales que pueden ser causas de resolución del contrato, en los procedimientos de contratación pública de la Universidad de Cádiz.

Por último, debemos destacar que el presente Código Ético es un documento vivo y dinámico, abierto a una permanente respuesta a los posibles nuevos requerimientos sociales.